El pasajero o grupo familiar que ingrese al país vía aérea puede ingresar 48 tipos de bienes como efectos personales; es decir, que no tributan. El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) detalla en su página web que se consideran efectos personales aquellos que por su cantidad o valor no puedan ser considerados comerciales. Entre la lista de efectos personales que puede ingresar se encuentran: prendas de vestir, elementos de aseo, medicamentos de uso personal, animales domésticos vivos como mascota, aparatos eléctricos, entre otros productos con sus especificaciones. En caso de encontrarse en poder del pasajero o grupo familiar más unidades de las indicadas en la lista precedente, se las considerará bienes tributables. Fuente: El Comercio.

Last modified on 2018-07-27