La Ley de Apoyo Humanitario lleva pocos días en vigencia y gremios de trabajadores y de empresarios ya han anunciado que demandarán la inconstitucionalidad de ocho puntos de la normativa. Para los trabajadores, la parte inconstitucional se encuentra en los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y en la primera disposición reformatoria de la Ley. Esas normas se refieren a los acuerdos para ajustar las condiciones económicas laborales, el contrato ‘emergente’, la reducción de la jornada, el goce de vacaciones y el teletrabajo. Las acciones legales se presentarán a la Corte Constitucional (CC) entre esta y la próxima semana. Para los empresarios, el conflicto está en la interpretación que se hace al numeral 6 del artículo 169 del Código de Trabajo, el cual establece que la relación laboral terminará por caso fortuito o fuerza mayor. Fuente: El Comercio.

Last modified on 2020-06-23