A partir del 26 de octubre corren 30 días para que las instituciones del sistema financiero comprueben la existencia de documentos o autorizaciones de débitos, en casos de reclamo. La obligación de devolver a los clientes cobros indebidos a través de instituciones del sistema financiero fue determinada por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera a través de la Resolución 463. La normativa también prohíbe a las entidades que puedan difundir información personal de los clientes a cualquier persona natural o jurídica y a las empresas encargadas del servicio de telemercadeo, sin contar con la autorización expresa para ello. Fuente: El Universo.

Last modified on 2018-10-31